¿Qué es?
Cuando no estamos de acuerdo con las sentencias dictadas en primera instancia cabe la posibilidad de interponer recurso de apelación al órgano jurisdiccional superior, alegando infracciones en el procedimiento que hayan causado indefensión, error en la aplicación del derecho, error evidente en la valoración de la prueba( basado en datos objetivos no en meras apreciaciones personales de parte), pues en nuestro derecho por el principio de inmediación se de prevalencia a la valoración que de la misma ha realizado el Juez de instancia y a no ser de que se acredite un error evidente, una apreciación del material probatorio contrario a la lógica y la sana crítica no hay posibilidades reales revocar una sentencia.
A la hora de apelar una resolución judicial hay que tener en cuenta el riesgo de que se nos condene en costas además, de tener que pagar las tasas judiciales correspondientes.
Si nos encontramos ante la jurisdicción penal la situación es distinta tanto respecto a las tasas como a las costas.